Re: [Softwarelibre] Re: Resumen de Softwarelibre, Vol 18, Envío 56
Diego Saravia
dsa en unsa.edu.ar
Mie Feb 21 18:31:19 VET 2007
>
> Tengo entendido que la empresa citada tiene paquetes de software que cumplen
> perfectamente con el Decreto 3390 en nuestro país, de no ser el caso me
> gustaría conocer las razones por las cuales se considera que no las cumplen
> ... (no he tenido la oportunidad de leer las críticas de Stalman hacia esta
> empresa, aunque aquí mismo dijo que migrar a Suse o a Redhad era un primer
> paso válido para migrar a Software Libre, yo lo escuché decirlo)
>
suse cumple con el 3390* en su version opensuse y en los 5 primeros cd
de suse que son los mismos, no con sus servidores comerciales
redhat no cumple, si cumplen proyectos como fedora y centos, que son
bastante diferentes al redhat
* tanto como debian
ahora el problema que generalmente se plantea en relacion a estas
cuestiones es que existan cooperativas nacionales o empresas en su
defecto que den servicio en este tipo de software
y este es un eje ortogonal al anterior
asi se podria tener una cooperativa en caracas que instale y de
servcios con opensuse, o con fedora o con debian.
por ello en estas discusiones hay que separar las cuestiones de
libertades con las cuestiones de "compre nacional" o de desarrollo
endogeno y estudiarlas correctamente.
>
> Creo que estos puntos deberían ser tomados en cuenta en el momento de hacer
> comentarios sobre las empresas... Si me equivoco les agradecería que me
> aclararan su posición...
exacto!
>
> Con respecto al ME, les recuerdo que la libertad de Distribución del
> Software dice que si se distribuye debe hacerse en las mismas condiciones de
> licenciamiento. Creo que el ME solo hace uso interno del software
> desarrollado, no lo distribuye (y mucho menos saca provecho comercial del
> mismo), y por lo tanto no tiene obligación de licenciarlo ni de mostrar sus
> fuentes.
asi es no tiene obligacion, pero seria bueno que la tuviera
>
> ¿Algunos consideren que es una obligación moral por usar software libre para
> su desarrollo?
no es solo una cuestion moral, sino practica y de interes nacional.
Eso no está escrito en ningún documento legal vigente (por
> ahora, aunque estaba previsto en la Ley de TI), y sería ir en contra de la
> libertad de la institución.
las instituciones publicas no son entes privados que puedan actuar
segun su propia vluntad, deben actuar al servicio del interes nacional
y justificar sus actos.
>
> Sin embargo considero que mientras "se pueda" es mejor publicar el software
> desarrollado y licenciarlo, por ejemplo en GPL. Para resolver esto (hacerlo
> obligatorio) en la APN es necesario un decreto presidencial, una ley o una
> resolución ministerial.
sin duda
--
Diego Saravia
Diego.Saravia en gmail.com
NO FUNCIONA->dsa en unsa.edu.ar
Más información sobre la lista de distribución Softwarelibre