Re: [Softwarelibre] Re: Resumen de Softwarelibre, Vol 18, Envío 56

Diego Saravia dsa en unsa.edu.ar
Mie Feb 21 18:24:19 VET 2007


> Te recuerdo también (y no voy a entrar en polémicas en este asunto) que

tu seras dueño de no polemizar y el resto sera dueño de hacerlo, solo
controlas lo que tu haces

> el ME como dueño de sus propios desarrollos "libres" no está en la
> _OBLIGACIÓN_ (leasé el no está) de publicar el código en ningún sitio,
> la GPL (ni ninguna licencia) te obliga a publicar absolutamente nada,
> una cosa es "liberar" y otra "publicar".

desde el punto de vista del software libre, tienes toda la razon

ahora desde el punto de vista del estado, nop

el estado debe actuar transparentemente y al servicio del interes
publico, se debe promover la interoperabilidad, el desarrollono
nacional y la soberania

es cierto, no parece haber obligacion legal al respecto, y eso es uno
de los defectos del 3390, espero que este punto se solucione y en
algun momento quede clara la OBLIGACION de los funcionarios de
publicar el codigo, salvo excepciones fundadadas.




> cosas, otras no las publicamos

porque?, cual es la logica atras de esto?


>Oh, sí, hay código que no se va a liberar, por que en realidad
> no es de interés de nadie fuera del mismo ME y es tan solo para tareas
> internas del ME y el ME no hace ningún tipo de negocio con él,

aja, pero que problema hay en que se publique?


> hay ninguna implicación moral si un organismo desarrolla algo que solo
> le sirve a ese organismo (y a mas ninguno!) y desee nunca liberar el
> código, en tal caso puede ser auditado, perfectamente y válido como
> también se le podría hacer "contraloría" pero no sobre el código,

porque no?

nunca puedes saber si algo sirve a los demas, ademas publicando entras
a la revision por terceros del codigo y el descubrimiento de problemas
y las soluciones.



> los resultados que es lo que importa en realidad en software como estos
> (En teoría gerencial se refiere a enfoque a los resultados).

teoria gerencial? pero estams hablando del estado y hay principios
como la transparencia y la soberania

ademas los fines no justifican los medios

>El dueño
> del código es dueño de la decisión de liberar y publicar su propio
> código de uso personal,

si, pero aqui no se trata de la persona que programo sino del
derechohabiente, o sea el estado.

> esto es un principio GENERAL de LIBERTAD y de
> DERECHO DE AUTOR que está por encima de las licencias o de las 4
> libertades, en el momento que se LIBERA el _DUEÑO_ deja de ser
> totalmente dueño del producto y pasa a ser un bien "social" donde solo
> se le da créditos al _DUEÑO_ por su intelectualidad, pero mas nada.
> Repito (para los que no entienden de "libertades"):


mmm, esto es una dura confusion, si tu haces un software del dominio
publico lo que tu dices es cierto (como hace EEUU con toda obra
intelectual del estado), pero si tu publicas bajo la GPL sigues siendo
derecho habiente y tienes los derechos sobre tu codigo.





> confundan el termino "Libertad" con "Moral" y mucho menos "liberar
> código" con "publicar", todos son términos distintos.


si claro, se puede publicar sin liberar y liberar sin publicar

para los privados la consigna de que el codigo sea libre es suficiente
para los estados ademas el codigo debe estar publicado.



Diego Saravia
Diego.Saravia en gmail.com
NO FUNCIONA->dsa en unsa.edu.ar



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